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martes, 19 de abril de 2011

MI PERRA LISA

Lisa con tres meses pasando unos días en  Sierra de Cazorla  con la familia




Lisa el 19 de Abril de 2011, ya tiene dos años y en su próximo celo ( Junio o Julio) queremos que tenga su primera camada.Si estáis interesados no dudéis en poneros en contacto  dejando un comentario con vuestro correo electrónico, os responderé cualquier pregunta.Proximamente iré publicando más fotografías.
Un saludo
José Antonio


    Es bonito empezar desde abajo, con el trabajo por esta maravillosa raza, pues en un futuro se pueden conseguir grandes ejemplares ; quizás no tan conocidos en las exposiciones, pero si respetando el estandar y el carácter de esta maravillosa raza,ojala pueda aportar mi granito de arena a su difusión y conocimiento.
    Frase para reflexionar:: " Cuando la vida te presente razones para llorar, demuéstrale que tienes mil y una razones para reír " Anónimo

    jueves, 14 de abril de 2011

    MI PUEBLO, ESPERO QUE OS GUSTE

    Para los que sois y estáis en Linares no os llamará mucho la atención.
    Para los que sois y no estáis en Linares os traerá recuerdos.
    Para algunos que sois de cerca os sonará a casa.
    Para los que sois de un poco más lejos quizá encuentren una ciudad similar a cualquiera del sur de España.

    Y para los que vuestro lugar está a miles de kilómetros, os presento el lugar donde nací… PINCHAD ABAJO Y PONER SONIDO,


    jueves, 7 de abril de 2011

    IMPORTANTE LA VACUNACIÓN DE NUESTRO AMIGO

    Un cachorro recién nacido no es inmune a las enfermedades, sin embargo si tiene algunos anticuerpos que lo protegen, estos anticuerpos los obtiene de la sangre de la madre a través de la placenta. También

    martes, 29 de marzo de 2011

    DERECHOS DE LOS ANIMALES

    Declaración universal de los derechos del animal
    Londres, 23 de septiembre de 1977
    Adoptada por la Liga Internacional de los Derechos del Animal y las Ligas Nacionales afiliadas en la Tercera reunión sobre los derechos del animal, celebrada en Londres del 21 al 23 de septiembre de 1977. Proclamada el 15 de octubre de 1978 por la Liga Internacional, las Ligas Nacionales y las personas físicas que se asocian a ellas. Aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (UNESCO), y posteriormente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU)
     

    Preámbulo
     
    Considerando que todo animal posee derechos,
    Considerando que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímes contra la naturaleza y contra los animales,
    Considerando que el reconocimiento por parte de la especie humana de los derechos a la existencia de las otras especies de animales constituye el fundamento de la coexistencia de las especies en el mundo,
    Considerando que el hombre comete genocidio y existe la amenaza de que siga cometiéndolo,
    Considerando que el respeto hacia los animales por el hombre está ligado al respeto de los hombres entre ellos mismos,
    Considerando que la educación debe enseñar, desde la infancia, a observar, comprender, respetar y amar a los animales,
    Se proclama lo siguiente:
     
    Artículo 1.
    Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.
    Artículo 2.
    a) Todo animal tiene derecho al respeto.
    b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
    c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
    Artículo 3.
    a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni actos crueles.
    b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.
    Artículo 4.
    a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje, tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
    b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.
    Artículo 5.
    a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
    b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles, es contraria a dicho derecho.
    Artículo 6.
    a) Todo animal que el hombre ha escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
    b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
    Artículo 7.
    Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.
    Artículo 8.
    a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como toda otra forma de experimentación.
    b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
    Artículo 9.
    Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que de ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.
    Artículo 10.
    a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
    b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.
    Artículo 11.
    Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
    Artículo 12.
    a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
    b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.
    Artículo 13.
    a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
    b) Las escenas de violencia en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin el dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.
    Artículo 14.
    a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
    b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

    miércoles, 23 de marzo de 2011

    LA ALIMENTACIÓN

    La alimentación de nuestro mini pinscher es vital como para determinar la salud del animal. Esta alimentación debe ser saludable y equilibrada. Si el aporte de nutrientes y energía es inadecuado, la vida de nuestro compañero no será ni sencilla ni sana. Y esta incorrecta alimentación acarreará en nuestro perro (a corto, medio o largo plazo) la aparición de patologías.
    Seguir una dieta correcta actualmente no es complicado ya que disponemos en el mercado de una amplia y variada gama de alimentos. Lo único que debemos hacer es asesorarnos y seguir las recomendaciones que nos dé un profesional. Ya que no todos los perros necesitan las mismas aportaciones. Su edad, su sexo, su estilo de vida,… son diversos los factores que alteran esta dieta.
     La mejor opción para alimentar correctamente a nuestro compañero es comprar el alimento comercial, que ya está equilibrado y reúne todos los nutrientes necesarios para el perro. Y además, es lo más sencillo. Existen en el mercado una gran variedad de opciones ( no es cuestión de hacer propaganda de marcas ), con diversas fórmulas para las distintas etapas y actividades de cada perro. Y esta opción también resulta más rentable. Porque si no deberíamos elaborar día a día la comida de nuestro amigo. Tras la comida el perro necesita reposo. Por ello, no debemos hacerle correr ni trabajar evitando así desórdenes intestinales y congestivos.
    El número de comidas diarias dependerá de la edad. Tras la época de lactancia (30-40 días), o sea, tras el destete, el cachorro deberá comer 4 veces al día hasta los 3 meses. Desde ahí hasta los 6 meses quitaremos una comida: 3 veces al día. Y desde los 6 hasta los 12 meses, una menos: 2 veces al día. Ya a partir del año de vida, sólo una o dos veces al dia ( yo personalmente les doy una sola vez al dia ,y siguiendo el consejo que me dio el veterinario suelo pesarle el aliumento)
    La cantidad de alimento depende también de la estación del año, y de la actividad física

    viernes, 18 de marzo de 2011

    GALERIA DE LA FAMA ( MINI PINSCHER )

    Añado la Galeria de la fama, en la que podemos ver sólo campeones por normativa oficial de organismos como F.C.I ,A.K.C o A.U.S.

    Es un orgullo ver ejemplares españoles; esto demuestra que tambien se saben hacer las cosas bien dentro de nuestras fronteras.
    http://www.toppinscher.com/

    miércoles, 16 de marzo de 2011